martes, 14 de febrero de 2017

"ODEBRECHT ES EL NUEVO PROCESO 8000": EX PROCURADOR ALEJANDRO ORDÓÑEZ”

http://www.elpais.com.co/elpais/colombia/noticias/odebrecht-nuevo-proceso-8000-exprocurador-alejandro-ordonez



El exprocurador Alejandro Ordóñez.
Es prudente al decir que no está en campaña, que solo se dedica a lo que siempre ha hecho: opinar. Y no deja de hacerlo. 
En la última semana, por ejemplo, se le oyó el condicionamiento que le puso al Partido Conservador para llegar a sus filas (que esté en la oposición de Juan Manuel Santos); pero también ha tomado la bandera de ‘meter’ en el escándalo de la posible financiación de Odebrecht al vicepresidente Germán Vargas Lleras, porque en su opinión también es directamente responsable. 
Lea también: Procuraduría abre investigación a junta directiva del Banco Agrario por caso Odebrecht. 
Tiene claro que  si los sectores que promovieron el No en el Plebiscito por la Paz se unen para el 2018, la victoria estará más cerca. Por eso no descarta una gran consulta. 
En política el país está agitado por estos días, ¿se nos adelantó la campaña presidencial? 
Las circunstancias que vive el país han puesto sobre la palestra temas que van a ser propios de la próxima campaña política, pero pienso que sería prematuro iniciar esas actividades propiamente dichas, pero lo cierto es que el ambiente se está calentando y la opinión pública está tomando atenta nota de lo que pase. 
¿Pero usted ya está en esa autopista de la campaña presidencial? 
Cada día trae su afán, yo lo que decidí cuando salí de la Procuraduría es permanecer en la vida pública, y lo importante es tener claro cuáles son los temas más sensibles para abordar. La decisión particular la tomaré en el momento más oportuno, lo que tengo claro es que seguiré actuando con el mismo talante. 
¿Por qué dice usted que el vicepresidente Vargas Lleras también es responsable en el tema de Odebrecht en la campaña del 2014? 
Aquí tanto el presidente Santos como el vicepresidente Vargas tienen que asumir la responsabilidad política de lo que ha acontecido, una campaña presidencial tiene esa responsabilidad, son las cabezas de ella. 
No se pueden hacer los locos y es indudable que allí está pasando algo muy grave, dineros destinados para sobornar terminaron al parecer financiando la campaña del presidente Santos y el vicepresidente Vargas. De ser eso cierto y por los grados de deslegitimidad de este gobierno les debería llevar a renunciar. La Fiscalía, el CNE y la Procuraduría deben llegar prontamente a la verdad. 
 ¿En su opinión, el fiscal  Martínez modificó su postura tras el anuncio de que esa plata llegó a financiar la campaña Santos-Vargas? 
Yo confío en  Néstor Humberto Martínez, pienso que la distorsión es la presentación mediática que sectores del Gobierno han pretendido hacer. Lo que sí es claro es que esa conducta  tiene consecuencias penales, que es lo más grave. Puede haber lavado de activos, pudo haber conciertos, falsedades y la Fiscalía debe investigar y acusar si existen las pruebas. 
También hay temas de carácter disciplinario de los funcionarios no aforados, la Procuraduría debe intervenir y hay temas que por ser secundarios no son menos importantes como los administrativos, relacionados con la violación de topes. 
 ¿Comparte usted la percepción de que Odebrecht es el nuevo Proceso 8000? 
Yo le encuentro muchas similitudes, son dineros ilícitos que al parecer estuvieron al servicio para elegir a una fórmula presidencial, el presidente Santos y el vicepresidente Vargas Lleras, son dineros ilícitos de la corrupción que habrían terminado en una campaña electoral. El origen puede ser diferente porque en el 8000 eran del narcotráfico, pero ambos son escenarios judiciales y tienen que definirse judicialmente. La forma de actuar tanto de Odebrecht como del narcotráfico es igual, financiaron campañas políticas. 
 Pero ese ‘elefante’, al parecer, también se le metió a la campaña de Óscar Iván Zuluaga… 
Desde luego que sí, pero aquí hay dos escen arios. Uno que tiene que ver con un partido político y su candidato. Pero el otro escenario es donde está un funcionario público, el Presidente de la República y el Vicepresidente, que al parecer fueron elegidos con dinero provenientes de sobornos. 
 ¿Le preocupa que la investigación esté ahora en manos de un ente de poca credibilidad como el CNE? 
El Consejo Nacional Electoral es el órgano al que la institucionalidad le tiene asignadas esas funciones, nunca había tenido semejante chicharrón. 
Es la prueba de fuego, la ciudadanía estará muy vigilante para que sean prontos, veraces e independientes porque si aquí hay algo que golpea la credibilidad del establecimiento es la falta de independencia, para ponerla al servicios de intereses particulares.  A ese régimen precisamente han ingresado las Farc, estamos frente a un acuerdo de élites que tiene secuestrado lo público. 
 ¿A qué se refiere cuando habla de esas élites? 
Una élite oligárquica y corrupta a la que pertenecen Juan Manuel Santos y Germán Vargas, aliada ahora con una élite criminal que representan las Farc. Esas dos élites secuestran la autoridad, la ponen al servicio de intereses lícitos e ilícitos, desconociendo el ordenamiento jurídico. 
¿Cómo ve la implementación de los acuerdos de paz que se vienen haciendo en el Congreso? 
Ahí hay dos temas que son gruesos, que se deben abocar en su momento y que desde luego este gobierno no lo va a hacer. Uno es la gran dosis de ilegitimidad que tiene el acuerdo de La Habana, porque fue desconocida la voluntad popular el 2 de octubre, lo segundo porque fue refrendado por quien no podía hacerlo.  
Tampoco se ha garantizado  la no repetición de los actos contra la sociedad civil, la renuncia al narcotráfico, la entrega de las armas, la desmovilización, son temas que no pueden permitirse, así como la entrega de los niños que es una  prueba del incumplimiento de las Farc. 
¿Por eso es que a usted no le gusta el proceso de paz? 
Es que a Ordóñez le gusta la justicia, porque la paz es fruto de la justicia. Y esta es una paz sin justicia verdadera. Todas las advertencias que hicimos se han venido configurando. 
¿Cómo habría negociado usted ese proceso de paz? 
Se hubiera podido llegar a un acuerdo con justicia, sin privilegiar a los victimarios, sin sacrificar a las víctimas, respetando los mínimos internaciones. Se podría haber acordado la reducción sustancial de las penas, se podían haber acordado muchas cosas, pero se terminó en un acuerdo en el que se sacrificó a  las víctimas y privilegió de los victimarios, en últimas en un proceso en donde se legitimó políticamente a las Farc. 
¿Qué opina de la Justicia Especial de Paz? 
La Justicia Especial para la Paz es una justicia para la venganza, es un instrumento concertado con las Farc, para   vincular a  muchas personas a efectos de que se diluya la responsabilidad de los criminales de guerra, de los delitos de lesa humanidad. Se trata de igualar al ciudadano con los criminales de las Farc. 
¿Cómo piensa que será su competencia política con las Farc? 
Desde luego será un debate en donde se enfrentarán concepciones de  sociedad, de Estado, de libertad, yo siempre mantendré la misma conducta, aunque no se en qué escenario político estaré dentro de un año, pero sí estaré opinando de la misma forma que hago hace tantos años. 
¿Y cómo enfrentará entonces a Uribe o su candidato que también serán su competencia? 
Cada día trae su afán, lo importante son las causas antes que los hombres y hay una  coincidencia con los sectores que estuvimos en el pasado plebiscito, todos estos sectores de diversas naturaleza deben coincidir a efectos de afrontar el debate político.
¿Entonces ve un solo candidato de los sectores del No en el plebiscito?
Es un deber patriótico, creo que se llegará, habrá diferentes formas, puede haber consulta popular, no se quienes  intervendrán, pero lo que se observa es una necesidad patriótica en  que coincidamos los diferentes sectores que estuvimos con el No.
 ¿Por qué condiciona su llegada al Partido Conservador a que se vaya a la oposición de Santos? 
Le pedí al partido declarar la oposición al gobierno Santos-Vargas Lleras porque es la antítesis del conservatismo. El partido repudia la corrupción, este gobierno  fue elegido con  dineros de  sobornos; el partido defiende a la familia, el gobierno  ha diseñado políticas contra la familia; nosotros combatimos la impunidad, este gobierno la promueve.Todo  esto con el concurso de dos funcionarios conservadores, con el propósito, en un caso de destruir la clase media, como lo es con el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas; en el otro  para construir impunidad, el doctor Juan Camilo Restrepo. Los frutos políticos de esas gestiones nos van a afectar, por todo esto he pedido que se debe entrar a la oposición.

¿Existe una "derecha mala", o solo es izquierda camuflada?

http://co.ivoox.com/es/existe-derecha-mala-o-solo-es-izquierda-audios-mp3_rf_17014072_1.html

lunes, 30 de enero de 2017

Bogotá D.C 30 de Enero de 2017

Señores
DIRECTORIO NACIONAL CONSERVADOR
CIUDAD.

Asunto: Renuncia.

Señores,

Las presentes líneas tienen como objeto exponer los motivos por los cuales presento mi renuncia formal al Partido Conservador Colombiano, que son los siguientes:

1.       Me encuentro totalmente en desacuerdo con los procesos democráticos internos y su manejo, así como con las decisiones  políticas que la colectividad ha tomado. Y que han sido fruto del apoyo a un gobierno abiertamente ilegitimo.
2.       No es entendible que un partido que dice representar  la justicia y el derecho decida apoyar y legitimar un proceso de paz con un grupo narco—terrorista (FARC) que a su vez, es un  reconocido violador de derechos humanos.
3.       No es de recibo que el partido apoye sin cuestionar las determinaciones abiertamente inconstitucionales que tomo el Presidente de la República Juan Manuel Santos, como por ejemplo:

a.   La evidente sustitución constitucional y desconocimiento del principio democrático con ocasión del plebiscito.
b.  El grosero y premeditado desconocimiento de los  derechos humanos  justificando el  proceso de paz.
c.  El apoyo a una política agraria fundada en una ley de “restitución de tierras” que establece una clara violación al debido proceso,  y al principio de buena fe establecido en la Carta Política, sin que al día de hoy el PCC haya ejercido un control político serio respecto de la aplicación de la norma.
d.      Las actuales directivas del PCC no defienden la doctrina conservadora.

Por estas razones y muchas otras, lamento profundamente no poder seguir militando en la colectividad después de más de 21 años de reconocida  actividad conservadora.

Cordialmente.

JONATHAN FERNANDO DELGADO MEDINA.
C.C.79.953.250 Bogotá D.C.

jueves, 6 de octubre de 2016

"ANDRES PASTRANA JEFE UNICO DEL PARTIDO CONSERVADOR" VA LA BARCA SOBRE LA TOMA DEL PARTIDO CONSERVADOR


*LA BARCA DE CALDERON*
VIERNES 7 DE OCTUBRE DE 2016
Por WILLIAM CALDERON Z
*LA TOMA DEL PARTIDO CONSERVADOR*
En reunión sostenida el miércoles en la sede de la Corporación Siglo XXI participaron entre dirigentes los ex ministros Carlos Holguín Sardi, Rubén Darío Lizarralde, el Vicedecano de la "Checho" Arboleda, Santiago José Castro y Dionisio Araujo, ex director ejecutivo de Fenalco capítulo de Bogotá.

Los asistentes revisaron la situación de la colectividad, pues ya es evidente que el actual Directorio Nacional y la bancada parlamentaria están acabando con un partido que ayer cumplió 167 años y que podría perder su personería jurídica, pues esta se encuentra impugnada por la decisión de apoyo al SI en el plebiscito, lo cual indirectamente implica que se
constituyeron los supuestos para la suspensión de la Personería Jurídica, por cuanto hace más de 8 años no se adelanta convención para la integración del Directorio Nacional, según lo argumenta el jurista Pedro Felipe Gutiérrez.

*UNA DIRECCION ALTERNA*
Se comentó que este sábado 8 de octubre terminan sus periodos todos los directorios conservadores a nivel nacional. De manera que al parecer la próxima semana el Partido Conservador deja de tener directivas en todos los
municipios de Colombia. Se ha pensado en proponer que los actuales representantes a la Cámara asuman un papel protagónico, aprovechando que sus votos no son de los senadores. Nombres como los de Jaime Felipe Losada,
Heriberto Sanabria y Orlando Guerra salieron a flote para que asuman la dirección alterna

*ANDRES PASTRANA JEFE UNICO*
De igual modo, se sugirió que el ex presidente Andrés Pastrana podría asumir la jefatura única, siempre que los parlamentarios se comprometieran a respetar su autoridad y evitar negociar sus "tajadas" con el gobierno.

Quedó claro en la reunión que el gran responsable de la debacle conservadora es el ministro e Hacienda, Mauricio Cárdenas, quien ha repartido mermelada a diestra y siniestra, sin contar con el Directorio Nacional Conservador.

*“FINCHO” QUIERE TOMARSE EL PARTIDO*
Se sabe que van a pedir la convocatoria, cuanto antes, de la Convención Nacional Conservadora, pero que la misma esté acompañada de observadores internacionales, pues el “mermelado” Efraín Cepeda (al parecer) ha dicho privadamente que tiene todo listo para tomarse la convención como sea, pues no piensa cometer los mismos errores de 2014.

Mientras tanto, para este fin de semana está prevista la salida de Barguil, el yerno del ex presidente Gaviria, de "Las Acacias", el inmueble ubicado en el Barrio La Soledad porque "ya no vive nadie en ella".

jueves, 29 de septiembre de 2016

EL ESTADO SITUADO DENTRO DE LA NACIÓN

 La realidad política forma parte de la realidad social que es, de suyo, dinámica, dialéctica, contradictoria, conflictiva. Está en el devenir, fluye, evoluciona. Toda situación de poder suscita la contraria; la que, a su vez, exige soluciones que, nuevamente, generan problemas y, así, sin termino.”
Luis Carlos Sachica
Planteamiento Inicial
“Algunos autores consideran que el fenómeno de la administración o agencias independientes se constituye en un desmembramiento del estado lo que ha generado que el mismo varié la concepción del estado al ser este un poli-centrismo administrativo; sin embargo otro sector de la doctrina considera que el citado fenómeno es una nueva forma de administración en el ejercicio del poder público por parte del estado. ¿Cuál de las condiciones explica mejor el fenómeno teniendo en cuenta el modelo internacional, lecturas y los contenidos del programa?
Introducción
El fenómeno propuesto se desarrolla bajo una evolución histórica, nada pacifica,  por el contrario conflictiva y dinámica dependiente de los nuevos aportes sociales, técnicos, culturales y políticos, razón por la cual, se hace necesario describir de manera sumaria la realidad de la administración que a mi modo de ver pierde espacios habida cuenta que en el trasegar de sus funciones se anquilosa o mejor a un, no es capaz de reaccionar a la dinámica social y tecnológica que se impone hoy en día.
Un ejemplo como un entremés,  se refiere al caso de la telefonía celular, que para la década de los noventas se presentaba en todos los casos como primero un lujo, es decir no era de fácil acceso para el público salvo un contado grupo de personas, no mucho tiempo después,  se logró comercializar el celular y a pesar de que su acceso era oneroso era adquirible,  con el trasegar del tiempo era impensable que este dispositivo pudiera contener internet o mejor aún conectase a la red o web.
Hoy por hoy resulta increíble lo que se puede hacer con un celular, correspondencia, fotografía llamadas y muchas otras cosas que han provocado una nueva dinámica social tecnológica y por ende jurídica.
El anterior ejemplo es definitivamente diciente y como se lograra observar desde ya –el estado no se encuentra en capacidad de asimilar la evolución social y tecnológica a la velocidad que se presenta-, y, en honor a la verdad,  las ramas del poder público que resultan más afectadas son la ejecutiva y la legislativa, siendo esta ultima la más perjudicada ya que en muchos casos y por la carencia de conocimientos técnicos sobre materias específicas le impide actuar con eficiencia y eficacia y claridad conceptual sobre materias específicas.
A continuación se tratara de dilucidar y describir cual realidad es la más evidente, si aquella que se refiere al desmembramiento del estado lo que ha generado que el mismo varié o si por el contrario lo que prima  es una nueva forma de administración en el ejercicio del poder público por parte del estado.
Comentario preliminar
 De antemano es necesario decir  los órganos reguladores se refieren  necesariamente a la autonomía propia que deben tener de las otras ramas del poder público, muy a pesar de las “señales legales confusas” que puedan perjudicar el desarrollo de la función para la cual están pensados,  para tal fin resulta imperativo resaltar por ejemplo; que lo que se entiende como un órgano regulador y que no puede estar sometido a otra entidad o sujeto de derecho público toda vez que se puede ver comprometida su autonomía técnica.
En otras palabras, la actividad reguladora no debe depender ni de cuestiones políticas, que impidan el adecuado desarrollo de sus funciones, atendiendo a que en sí mismo lo que se busca es plantear una serie de pautas sociales que encuadren de manera efectiva aquellas situaciones civiles que  eventualmente puedan generar alguna disfunción en la actividad regulada, que provoque alguna infracción a las pautas señaladas y esto debe realizarse de manera técnica e independiente alejada de cualquier tipo de influencia que afecte su criterio o ejercicio. Esto se encuentra sustentado por el Profesor Jaime Vidal Perdomo quien en su momento planteo lo siguiente:
“La parte de mayor interés surge con el desarrollo de la existencia de un «núcleo» de autonomía reconocido que puede ser desagregado en el elemento estructural, que advierte que el órgano regulador no puede; ser una dependencia más ni una unidad dentro de otra; el funcional, según el cual las decisiones del regulador no pueden estar supeditadas a ratificaciones o revocaciones de otras autoridades de manera general e indiscriminada; desde el punto de vista de la dirección, finalmente, los funcionarios que orienten el órgano regulador no deben estar a merced del apoyo político de un superior ni a complacencia de su gestión, transcribe la sentencia de lo alegado por el coadyuvante.
La conclusión es que la subordinación orgánica de las Comisiones Reguladoras al presidente de la República es contraria a la autonomía que debían tener, por lo cual el art. 68 debería ser declarado inconstitucional. El remate argumentativo es que las Comisiones por la subordinación se convierten en un apéndice administrativo en lugar de reconocerlas como «agencias estatales».” (Subrayado y negrillas fuera del texto)  Las Comisiones De Regulación De Servicios Públicos En La Jurisprudencia Constitucional Colombiana Por Jaime Vidal Perdomo  Pg 436.
En ese orden de ideas para el profesor Vidal resulta claro que las agencias estatales deben ser totalmente independientes al poder del ejecutivo ya que esto afectaría su autonomía técnica  y por el contrario resultarían altamente afectadas en cuanto a su ejecución, tal y como se había mencionado en párrafos anteriores.
Ahora bien, no sobra echar un vistazo de cómo se desarrolló dicho fenómeno para tal efecto se debe resaltar una serie de implicaciones históricas de fenómenos sociales que sin lugar a dudas, afectaron o mejor aún confluyeron a que el estado cambiara su enfoque administrativo, haciendo posible identificar la actividad regulatoria.
En ese sentido es necesario hacer reminiscencia de lo siguiente,  para los años treinta se presentó una crisis de carácter económico debido a la dinámica propia del mercado que  en su momento no dio las soluciones requeridas por la sociedad, lo que hizo inevitable la intervención del estado, entendido -como un agente necesario para solucionar los problemas generados por la falta de políticas públicas- en busca de la  contención para evitar los abusos presentados por los particulares hasta ese momento.
Un vistazo histórico.
En el transcurso del siglo XX se plantea  el tema habida cuenta que la administración pública no puede estar involucrada en todos los aspectos de  la vida y dinámica social, y es en esta última fase que aparece el estado regulador, por la misma razón de que el estado no es capaz de garantizar el bienestar de los ciudadanos ya que se vuelve inoperante y poco competente.
Así la función de esta nueva administración pública, lo que pretende o busca es que se regularicen las prácticas competitivas creando sistemas y procedimientos que limiten o impidan los abusos que se puedan generar en el mercado, Germán Darío Valencia Agudelo ilustra de una mejor manera este  fenómeno:  
“Un ejemplo claro de la disputa entre estas dos vertientes se presentó, en el tercer decenio del Siglo Veinte, con la llamada Crisis de los años treinta. Allí las políticas económicas de mercado no lograron presentar soluciones a la crisis, y terminó por imponerse las acciones del Estado. Es precisamente en la tercera década donde nace una nueva forma de actuar el Estado, forma que se desarrolla y consolida en el decenio de 1960, pero que finalmente, después de cinco décadas, trata de desaparecer y abre paso al Estado regulador. En esta nueva forma de Estado su intervención se dirige a colocar barreras de entrada a la competencia (monopolios legales), a exigir licencias y registros a empresas, a restringir precios a ciertos bienes y servicios, a autorizar lugares para localización, cobertura obligada para atender, concesiones de territorios exclusivos, y a trazar restricciones sobre la calidad y la estandarización, entre otras muchas actuaciones.” (Germán Darío Valencia Agudelo Metamorfosis del Estado: de empresario a regulador. El caso del servicios público de electricidad en Colombia página 3)
En ese contexto histórico que cita el mismo autor señala que:  
 “[…]el Estado de Bienestar es una […] Obra conjunta de economistas y políticos norteamericanos, que consistió en un paquete de políticas administrativas del Estado con características progresistas, que buscaba una normativa eficaz de las tarifas de los servicios públicos, una limitación de los intereses crediticios, una política de apoyo al movimiento sindical y un sistema estatal de subsidio de desempleo.” (Metamorfosis del Estado: de empresario a regulador. El caso del servicios público de electricidad en Colombia página 4)
Y en ese sentido se puede llegar a decir que la misma evolución de las relaciones entre el estado, sociedad e individuo a lo largo del siglo XX confluyeron en la búsqueda de cerrar las franjas en sus relaciones en aras de garantizar un mejor entendimiento, y bienestar de los individuos vistos y valorados como ciudadanos, ahora bien, si se quiere dilucidar mejor este fenómeno el autor nos indica lo siguiente:
El “…Estado [debe] intervenir enormemente en los asuntos económicos, tratando con ello de corregir los fallos del mercado, potenciar el crecimiento y el desarrollo, estabilizar la economía y generar un ambiente propicio para que los ciudadanos estén con las  condiciones de vida necesarias para vivir dignamente. En este sentido, el Gobierno debería intervenir la producción de bienes y servicios (en bienes tales como carreteras,  infraestructura portuaria, industrias, entre otras, y en servicios como la salud, educación, electricidad, agua potable, alcantarillado, entre otros); además debería dar subsidios a los ciudadanos que no tienen las condiciones mínimas para vivir, y en participar activamente en otros asuntos que no es posible dejar al mercado y que es necesario dirigir (Galbraith, 1989).” (Valencia Agudelo Germán Darío, Metamorfosis del Estado: de empresario a regulador. El caso del servicios público de electricidad en Colombia página 5)
Pues bien, esta evolución sin lugar se construyó bajo hechos notorios, y, se le impuso un nuevo roll al  estado, el de “Regulador”,  el cual se sustenta sobre la base permanente de los defectos no solo del mimo sino que se le sumaba aquellas situaciones especiales referentes a la dinámica económica que de una u otra forma generaban lo que se conoce como “fallos”; de allí que fuera necesario que varios académicos realizaran estudios económicos sobre las -regulaciones-, siendo los más importantes exponentes los presentados por George Stigler (1971), y  Sam Peltzman (1976) que pertenecían a la  Escuela de Economía de Chicago y reconocieron  la  importancia de la “regulación”.
Simplemente por mencionar algún aspecto relevante se tomara el caso de “Stigler” quien en su calidad de académico  concentró sus estudios en la "economía de la información" y de la "economía de la regulación".  Y para efectos de este artículo se procederá a realizar una mención sumaria, -meramente ilustrativa-, tratando de interpretar sus aportes respecto del fenómeno de la “regulación pública”. En ese sentido se puede comentar que su contribución consistió en que la misma (regulación),  pasó a ser incorporada al interior del sistema económico, indicando el modo de cómo los grupos de presión  pretendían encauzarla en su provecho.
Así pues, vale la pena anotar  a modo de ejemplo y referente histórico  lo que se escribió sobre el economista  en palabras del diario “EL PAIS”  frente a su trabajo académico de la siguiente manera:
  “[había]… mostrado que la reglamentación de tarifas [de electricidad] no había tenido efectos notorios. Esto puede explicarse por el hecho de que las reglamentaciones pueden descansar sobre una idea errónea de las condiciones reales y son difícilmente aplicables en la práctica. Stigler ha formulado la hipótesis de que ciertas reglamentaciones pueden ser concebidas con el fin de proteger en la práctica a empresas.” Negrilla y subrayado fuera del texto (Tomado 23 de septiembre de 2016 http://elpais.com/diario/1982/10/21/economia/404002814_850215.html)
Así pues,  se puede observar que ya era evidente la necesidad creciente de que de que los estados planearan mejor sus formas de intervención en los mercados para hacerlos más eficiente sin embargo también es necesario advertir que la intervención empezó a generar problemas en la economía ya que: 
“…la acción reguladora de los gobiernos comenzó a ser considerada como un problema económico pertinente. Se fue desarrollando la teoría de los "fallos del Estado" que no excluía sino que, combinada con la de los "fallos del mercado", debía constituir el fundamento racional de las intervenciones reguladoras (Winston, 1993).” (Valencia Agudelo Germán Darío, Metamorfosis del Estado: de empresario a regulador. El caso del servicios público de electricidad en Colombia página 6)
Que en ultimas no es otra cosa que decir el estado también se equivoca, y en ese caso lo que se puede observar es que la intervención del estado se da partiendo de una realidad social que en su momento no era considerada por la teoría del estado, en otras palabras, la función reguladora vista desde una perspectiva económica  hacía  necesaria la intervención del estado, ya que el  mercado no puede dejarse sin control pues provoca secuelas en el mismo muy serias, en otras palabras; “el dejar hacer el dejar pasar” no es posible dejarlo libre y sin control bajo el esquema presentado, y se hace necesaria la intervención, pero el asunto desde mi opinión consiste en ¿cómo debe intervenir el estado? ya que el mercado en sí mismo requiere de controles para impedir que los derechos de las personas resulten perjudicados razón resulta pertinente señalar lo siguiente que:
“Los Gobiernos saben que para lograr el óptimo funcionamiento de los mercados requiere intervenir en ellos, pero de otra forma a la que tradicionalmente venía realizando. Han comprendido que no se puede dejar el laissez faire actuar a sus anchas, que requiere de su actuación para funcionar adecuadamente. Su interés se centra, por ejemplo, en aspectos como el diseño de los sistemas de propiedad y la imposición de sanciones a infractores. Ahora,
 “…los mercados han de ser entendidos como construcciones legales e institucionales, que deben ser evaluados sobre la base de su capacidad de promover intereses humanos, y no como parte de un supuesto orden natural cuya emergencia sólo requeriría la retirada del Estado o como un simple medio para promover las interacciones voluntarias" (Sunstein, 1997, 5). (Valencia Agudelo Germán Darío Metamorfosis del Estado: de empresario a regulador. El caso del servicios público de electricidad en Colombia página 8)
De lo anteriormente descrito se puede manifestar que el estado o mejor el gobierno en la actualidad tiene nuevas funciones, como por ejemplo:
1.      Frenar los abusos cometidos por determinadas empresas del sector privado en el ámbito de las actividades industriales de interés público.
2.      El estado se convierte en el garante del sistema económico, y su “función de policía” se debe entender como la función reguladora que se desarrollara frente y por las agencias independientes sustentadas en la concepción del poder público.
Algunas posiciones doctrinarias.
Ahora bien, de otro lado resulta interesante abordar el tema dándole un vistazo sumario a la regulación y sería conveniente resaltar nuevamente que hay una posición en la doctrina colombiana como la del profesor Jaime Vidal Perdomo citado anteriormente, y quien de manera acertada y parafraseándolo un poco -plantea el hecho de que la dependencia de las comisiones de regulación por parte del ejecutivo, afectarían la función de –regulación en su carácter técnico- . Lo anterior teniendo en cuenta que se podrían crear sumisiones funcionales o administrativas, razón por la cual sería necesario que las mismas sean totalmente independientes del poder ejecutivo, cuestión esta que en Colombia ya es difícil de por sí, porque existe un sistema predominantemente presidencialista.
Adicionalmente el profesor Vidal en su estudio de  “LAS COMISIONES DE REGULACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS EN LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL COLOMBIANA” resalta en especial la sentencia la Sentencia de la Corte Constitucional C-272, de 3 de junio de 1998 (Magistrado Ponente Alejandro Martínez Caballero) donde se muestra la influencia que el poder ejecutivo  en Colombia ejerce el ejecutivo sobre la función reguladora y señala que:
“…No obstante la reserva de la unidad nacional, la sentencia sienta la tesis de que se puede delegar cualquier función presidencial salvo que existan razones poderosas que afecten el fuero presidencial, lo que no ocurre, concluye el periplo conceptual, en el caso del art. 68 de la ley 142 de 1994.
El fallo remata su argumentación analizada en forma resumida expresando que las facultades del art. 370 son de carácter administrativo que cumple el presidente como suprema autoridad administrativa, por lo cual la delegación resulta pertinente.” Subrayado fuera del texto  LAS COMISIONES DE REGULACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS EN LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL COLOMBIANA Pg 434.
Que en otras palabras, para el caso colombiano la subordinación de la función reguladora se encuentra frente al ejecutivo y no hay plena autonomía técnica en sus decisiones, y continúa el mismo texto señalando lo siguiente:
“Otros aspectos interesantes de la sentencia como el del entendido de regular no van a presentarse en este análisis; hay una remisión, naturalmente, a las disposiciones constitucionales (arts. 365 y siguientes) en los cuales se plasma lo que puede denominarse el «nuevo servicio público», en cuanto autoriza la prestación por particulares y la sujeción a un régimen que no es necesariamente de derecho público. Debe recordarse que esto hace parte de las «crisis» de la teoría del servicio público que los autores de derecho hemos explicado.” LAS COMISIONES DE REGULACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS EN LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL COLOMBIANA Pg. 435
Y en ese sentido el mismo autor señala para el caso de Francia que: “Dentro de los poderes se inscriben el de dictar reglas (regulación), tomar decisiones individuales y el de coerción. Algunas de estas facultades inquietan por la posibilidad de afectar funciones de soberanía privando de ellas a órganos constitucionales.” LAS COMISIONES DE REGULACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS EN LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL COLOMBIANA Francia pág. 430.
De lo anterior se puede señalar desde ya que la regulación se puede entender para el caso Colombiano y solo para el caso Colombiano, como una forma de administración que depende del ejecutivo, es decir sin independencia política y por ende se puede llegar que desnaturaliza la razón de ser o el fin final de las comisiones de regulación, pues es evidente que la autonomía técnica se somete a los intereses políticos de turno.
Ahora bien si lo que buscamos es realizar una comparación marginal del tema es necesario entrar a decir que para unos la regulación se entiende como
“[…] un conjunto de normas generales y especificas impuestas por las agencias de regulación estatales que interfieren directamente en el mecanismo de asignación de los mercados, o indirectamente alterando las decisiones de oferta y demanda de los usuarios y de las empresas prestadoras del servicio.
En este sentido las regulaciones son limitaciones impuestas a la libertad de los ciudadanos y de las empresas por presumibles razones de interés público. Las regulaciones, así entendidas, se expresan tanto en leyes como en reglamentos y órdenes o actos administrativos producidos en los diferentes niveles de gobierno o en las organizaciones no gubernamentales o autoreguladas que tengan poderes reguladores delegados.” (Valencia Agudelo Germán Darío, Metamorfosis del Estado: de empresario a regulador. El caso del servicios público de electricidad en Colombia página 12)
Y que de acuerdo a su forma de proceder y de actuar a su –modo operativo-  lo que se busca es  que la competencia  económica se incremente y se eviten abusos respecto al ciudadano, así para  Fernadez lo manifiesta diciendo que es un objetivo de la siguiente manera:
“El objetivo que pretende el gobierno es promover la competencia, incrementar la eficiencia económica mediante la reducción de barreras a la competencia y a la innovación, aumentar el bienestar tanto de los consumidores como de los inversionistas (vía calidad, precios y oportunidades); pretende también aumentar la eficiencia económica, la equidad, facilitar el acceso a la información relevante (Fernández, 2000, 78).” (Valencia Agudelo Germán Darío, Metamorfosis del Estado: de empresario a regulador. El caso del servicios público de electricidad en Colombia página 12)
Ahora otro orientación que se puede observar distinto al del profesor Vidal Perdomo y el de Valencia Agudelo es el planteado por Ileana Marlitt Melo Salcedo en su ensayo  LOS ÓRGANOS AUTÓNOMOS  E  INDEPENDIENTES, quien hace un recorrido por algunos países de Europa exponiendo el modo de operar de las autoridades regulatorias de la siguiente manera; por ejemplo para el caso de España, donde menciona que algunos autores declaran que es bueno que existan autoridades regulatorias y que en todo caso así tengan “independencia” de las otras ramas del poder lo -cierto es que siempre estarán sometidas al imperio de la ley- frente al asunto manifiesta lo siguiente:
“…algunos tratadistas no encuentran problema alguno en que existan estas autoridades puesto que si bien es cierto que ellas gozan de una amplia autonomía o independencia del Gobierno o de las autoridades de las comunidades autónomas, ello no les da patente de corso para que sus actos o sus decisiones rayen con la arbitrariedad e ilegalidad motivo por el cual sus actuaciones deben ser controladas por el Poder Judicial (Audiencia Nacional – Sala de lo Contencioso Administrativo) o por el Tribunal Constitucional en tanto que, a juicio de otros, esa independencia del Gobierno, no puede exceder los límites constitucionales que predicados por el artículo 97 de la Constitución española, se traducen en una independencia en términos de jerarquía, más no de dirección a cargo del Gobierno, puesto que sería inaceptable constitucionalmente que unas autoridades fueran más o menos objetivas que otras.” Melo, I. Los Órganos Autónomos  E  Independientes Pág. 8
También resulta interesante observar la posición desarrollada por profesor J. CHEVALIER, citado por la misma autora  Melo Salcedo  quien afirma que:
“…el carácter administrativo de estas autoridades independientes se deduce por la vía de la eliminación sucesiva.  Sólo pueden formar parte de la categoría residual de las autoridades administrativas y, dentro de ellas, ostentan un estatuto específico en la medida que escapan de la subordinación jerárquica, como una nueva variante de las estructuras administrativas.” Melo, I. Los Órganos Autónomos  E  Independientes Pág. 8   Pág. 9
También es necesario resaltar que en el mismo texto la autora cita al tratadista Ramón Parada[1], quien hace una valoración cronológica de la agencias indicando desde sus orígenes, las  “’Agencias Independientes” han nacido con la polémica a cuestas, como quiera que la Constitución americana en nada se refiere a las administraciones independientes.  Los constituyentes se imaginaban unas mínimas autoridades adscritas a algún Ministerio bajo la dirección del Presidente.  En ese sentido es en el que se dieron como un atentado a la atribución presidencial de vigilar la ejecución de las leyes.

“Para la mayoría, sin embargo, la costumbre constitucional habría lavado las agencias independientes de esta sospecha de inconstitucionalidad, restando importancia al hecho de que el Presidente no puede revocar, libremente, a los commissioners sin ‘justa’ causa, lo que se compensaría con los poderes de nombramiento.  Además, si bien el artículo II de la Constitución confiere al Presidente el derecho de obtener los informes sobre el funcionamiento de cualquier Departamento y le encarga velar por la ejecución de las leyes, tales poderes de información, supervisión y coordinación se ejercitarían sobre las Administraciones independientes por medio del Office of management and Budget, una oficina de presupuestos, que puede alterar sus créditos.  De otro lado se argumenta que las agencias independientes no se benefician de delegaciones legislativas ni de funciones judiciales propiamente dichas, sino de funciones cuasilegislativas y cuasijudiciales.” Melo, I. Los Órganos Autónomos  E  Independientes Pág. 10-11.

De otro lado, vale la pena señalar que estos fenómenos que hemos visto a lo largo de estos breves comentarios hay uno en particular que en mi criterio  vale la pena resaltar por su contenido y es el siguiente:

“Un proceso de fragmentación se produce, bajo el efecto de una dinámica centrífuga: mientras que la autonomía de las estructuras personalizadas, especie de "descentralización funcional, se refuerza ("agencias" en el sentido estadounidense del término), y una política tendiente a responsabilizar los servicios gestores, especie de "desconcentración funcional", busca extender su capacidad de iniciativa ("agencias" al sentido británico del término),los gestores privados se ven cada vez más encargados del ejercicio de las funciones estatales; por lo tanto, el Estado aparece cada vez más como un montaje heteróclito de dispositivos que disponen de su racionalidad propia de funcionamiento. La lógica de la posmodernidad penetra pues al aparato estatal, y supone una diversificación creciente de sus elementos constitutivos.” Jacques Chevallier El Estado Posmoderno Pág. 160

Que en ese orden de ideas, se puede decir que el conflicto en  esta temática gira en torno a que resulta para algunos sistemas jurídicos inconcebible pero necesario que las agencias tengan independencia técnica absoluta y que por tal razón se requiere que dependan o estén bajo la supervisión de alguna de las ramas públicas del poder.

Sin embargo, existen otros sistemas jurídicos donde lo importante es que se mantenga la independencia sobretodo en cuanto al aspecto técnico que representan, sobre todo en este último ya que la razón de ser consiste en evitar la interferencia innecesaria de las ramas del poder público en aspectos tan sensibles como la economía.

Así las cosas, a mi modo de ver, es notorio que lo que se presenta en el caso Colombiano es en esencia un fenómeno de  poli-centrismo administrativo ya que las agencias son una forma de desglosar sin que pierdan su epicentro de actividad, pero lo que debe operar es la independencia técnica de las agencias, actuar como verdaderos órganos extra-rama que perteneciendo al poder público tengan la capacidad suficiente de tomar decisiones independientes aun en contra de la configuración del poder político.

En otras palabras, es una nueva forma de administración la que prima, cuyos límites deben ser única y exclusivamente aquellos que establezcan la ley y las reglas técnicas propias de su función y su fin administrativo, ya que a mi modo de ver las agencias deben responder a necesidades coyunturales sociales de orden técnico que brinden una relativa permanencia, que sea capaz de responder a los cambios sociales con una función de mantenimiento de tejido social.

Bibliografía
Vidal Perdomo J,  Las Comisiones De Regulación De Servicios Públicos En La Jurisprudencia Constitucional Colombiana. 
Metamorfosis del Estado: de empresario a regulador. El Caso De Los Servicios Público De Electricidad En Colombia.
Chevallier, J  El Estado Posmoderno
PARADA, Ramón. Derecho Administrativo II. Decimotercera Edición, edit Marcial Pons, Barcelona 1999.
Por Jonathan Delgado.




[1]PARADA, Ramón. Derecho Administrativo II . Decimotercera Edición, edit Marcial Pons, Barcelona 1999.
Parada Ramón, op.cit., p. 314-315

jueves, 18 de agosto de 2016

IDEOLOGÍA O IMPOSTURA DE GÉNERO?

http://www.periodismosinfronteras.org/ideologia-o-impostura-de-genero.html

Tomado de PERIODISMO SIN FRONTERAS.

Eric Fassin, uno de los adictos a la teoría de género, confiesa: “Lo que cuestionamos es la heterosexualidad. Tenemos que pensar un mundo en el que la heterosexualidad no sea lo normal”

Eduardo Mackenzie
Eduardo Mackenzie
Por Eduardo Mackenzie
18 de agosto de 2016
No creamos que las cartillas pornográficas de la ministra Gina Parody desaparecerán tras las numerosas manifestaciones populares de rechazo del 10 de agosto pasado. La jefa de la cartera de Educación y el señor Juan Manuel Santos, presidente de Colombia, optaron por mentir, y por mentir en grande, ante el tremendo clamor ciudadano que se moviliza en defensa de la familia y de los derechos de los niños. Ambos negaron que esas cartillas existieran y que la política del régimen sea la de imponer al precio que sea la “ideología de género” en el sistema educativo del país.
Ambas denegaciones son escandalosas. La existencia de esos textos, su distribución en escuelas y colegios, así como las instrucciones oficiales para impartir semejante “saber” a los menores, son hechos que han sido probados y expuestos por la prensa, por la Procuraduría General, por la Iglesia católica, por las asociaciones de padres de familia y hasta por numerosos rectores de colegios y escuelas públicas.
Una conocida página web de Bogotá demostró que el ministerio que dirige Gina Parody contrató en marzo de 2016, con un organismo de la ONU, la redacción de folletos destinados a los maestros para que formen a los niños en la teoría de género, bajo la apariencia de una enseñanza banal sobre el “respeto a las diferentes y a las opciones sexuales”. El ministerio pagó por eso $1.585 millones. Según la prensa, hay otros documentos del mismo calibre en preparación.
La colérica actitud de Gina Parody ante el debate parlamentario que sobre ese tema organizó el Centro Democrático, y ante las críticas que recibe de todas partes, no auspicia nada bueno. Ella tratará de imponer sus intereses. Ella no reconoce que abusó de su posición dominante, que la teoría de género es nefasta para el desarrollo emocional e intelectual de la niñez y de la juventud y que los colombianos tienen derecho a proteger a sus familias contra la intrusión del Estado. Encendida al rojo vivo por la revuelta ciudadana que pide su renuncia, ella dice que son los otros, no ella, los que están equivocados, los que “manipulan” y promueven una “política de odio, división y exclusión”.
¿Se podía esperar una reacción distinta de Gina Parody? Ella es miembro de una clique de gobierno que se acostumbró a avanzar como una aplanadora por encima de la ciudadanía, a imponer a los demás sus errores, a hacer pasar como “paz” y como “interés general” sus obscuras ambiciones personales. Tal arrogancia del poder obliga a la opinión pública a organizarse y a movilizarse en las calles. Es lo que estamos viendo.
Ruth Olmos, rectora de un colegio de Mariquita (Tolima), resumió así lo que piensan millones de padres de familia: “La ideología de género indicaba que no nacemos hombre o mujer, sino que es un concepto social que se impone (…) Yo no lo creo. Yo he formado mi familia de otra manera. Es respetable, pero no estoy de acuerdo. No estoy de acuerdo de enseñarle a un niño que no es niño ni niña. Las familias en Colombia educamos a nuestros niños de acuerdo al sexo con el que nacen”.
La teoría de género pretende, en efecto, abolir la educación tradicional y dislocar a la familia. En algunos países manipula, como en Colombia, el aparato escolar para impulsar esa obra de trasgresión fundamental. La idea es que el Estado retire a los padres de familia sus derechos tutelares sobre el hogar. Pretende que los educadores sean los que controlen el desarrollo emocional, intelectual y sensitivo de los niños.
Un personal adiestrado en eso enfatizará que la identidad sexual de las personas no es un hecho natural, sino un producto “social”. Buscará diluir en niños y jóvenes sus identidades sexuales, mediante una pedagogía de la indiferenciación. El sofisma de Simone de Beauvoir “No se nace mujer, se llega a ser mujer”, es utilizado como la verdad revelada en esa cruzada subversiva. El objetivo último de la manipulación izquierdista (pues son esas corrientes las que impulsan esa “revolución”) es que los jóvenes, como lo denuncia Julie Graziani, adversaria de la teoría de género en Francia, lleguen a la conclusión de que “un hombre y una mujer es lo mismo; luego un papá y una mamá es lo mismo; luego se puede tener dos papás o dos mamás”.
Asimilada tal opinión, el matrimonio entre dos personas del mismo sexo será visto como algo normal. Aquí lo que está en cuestión no es el derecho que tienen las parejas homosexuales a realizar uniones civiles que generen garantías y derechos (en materia de impuestos, herencia, etc.), lo que reduce considerablemente las desigualdades respecto de las otras parejas. No está en cuestión el derecho de los homosexuales a vivir su sexualidad tranquilamente y en privado, y a disfrutar de la “igualdad de oportunidades”. Lo que genera debate es que, en nombre de una supuesta igualdad de sexualidades, ellos exijan los mismos derechos de las parejas heterosexuales: matrimonio, familia, hijos, adopciones. Los sectores más extremos piden ir más lejos: un cambio total de valores. Eric Fassin, uno de los adictos a esa teoría, confiesa: “Lo que cuestionamos es la heterosexualidad. Tenemos que pensar un mundo en el que la heterosexualidad no sea lo normal”.
Es esencial que la persona humana conozca sus orígenes. El hijo de una pareja homosexual carecerá de ese derecho. Un niño nacido mediante la PMA (procreación médicamente asistida), o mediante la GPA (gestación para otro, o alquiler de un vientre), corre el riesgo de no saber quién fue su padre o su madre.
Para su correcta estructuración psíquica, social y emocional, todo niño necesita tener durante su crecimiento un modelo de alteridad sexual, un referente hombre y un referente mujer. Desposeerlo de esa alteridad y de la filiación maternal-paternal es inaceptable. La ideología LGBT pretende romper la continuidad natural y forjar un nuevo tipo de seres humanos, transformar las personas en seres andróginos, neutros, ni verdaderamente hombres ni verdaderamente mujeres, hombres y mujeres que, además, no saben quién es o quien fue su padre o su madre.
Substituir la realidad vital del ser humano por un esquema simbólico arbitrario, es la esencia de la teoría de género. Lo que está en juego es enorme. Esa superchería pretende negar que la civilización humana, desde sus comienzos, ha respetado el orden natural y que la cultura ha reforzado la diferencia natural. Los papeles de lo masculino y de lo femenino, forjados por la naturaleza, son consolidados por la cultura, por la sabiduría ancestral. Esta no ha hecho lo contrario. La teoría de género, creyendo que la ciencia y el dinero pueden hacerlo todo, cree que puede invertir ese orden y “cambiar la civilización humana”.
Rodolfo Palomino (dir Policía Nacional), y el congresista Carlos Ferro, miembros de una red de prostitución homosexual en ambas instituciones
Rodolfo Palomino (dir Policía Nacional), y el congresista Carlos Ferro, miembros de una red de prostitución homosexual en ambas instituciones en Colombia
En realidad, el mundo que proyecta esa teoría es detestable. Dominado por los valores gay, el nuevo modelo trasforma a la mujer en máquina que fabrica hijos para una clientela: dos hombres o dos mujeres que no buscan sino su bienestar egoísta. Como si el “derecho al niño” existiera. La fabricación de niños adoptables, destinados a ser abandonados, es un acto inhumano y anti ético. Ese hijo será privado de su madre y no tendrá un linaje maternal y no tendrá a nadie a quien llamar mamá. ¿Es ético hacer pagar ese precio a los niños, pues dos hombres, gracias a una legislación desaforada, tendrían ese derecho?
La esclavitud de las mujeres de los países más pobres, ya comenzó. Hay clínicas en India donde permanecen mujeres que han alquilado sus vientres para portar los embriones de parejas occidentales. El dinero y la medicina de punta están ya fomentando en algunos países un mercado de niños por catálogo para los gays más ricos.
La teoría de género no se limita a cambiar “las mentalidades” sobre la “tolerancia” y la “igualdad sexual” en los colegios: sus consecuencias prácticas son devastadoras. Esa teoría es una empresa totalitaria camuflada que busca “cambiar la civilización”, y que se muestra indiferente a que la sociedad deba pagar un precio monumental: el maltrato de los niños, convirtiéndolos en objetos de venta, de adopciones, separados de sus genitores, privados de filiación, de equilibrio psicológico, de un papá y de una mamá. Millones de mujeres serán reducidas, por dinero, a ser únicamente vientres, fábricas de seres humanos que son destinados a otros.
Discutir de estas cosas es un debate legítimo. Hay que frenar la dinámica legislativa al respecto, sobre todo frente a los desarrollos últimos de esa teoría, como son la PMA y GPA, prácticas declaradas ilegales en varios países.